La igualdad de género y la inclusión de la mujer en el ámbito laboral han sido temas importantes que se han venido desarrollando en la sociedad durante los últimos años. Sin embargo, esta transición ha traído consigo a su vez situaciones desventajosas para las mujeres, como son los casos de hostigamiento sexual laboral. Es de señalar que los hombres también pueden verse afectados por ello, pese a que en la práctica ocurre en menor medida.
En el marco de lo señalado, se advierte que el 27 de febrero se conmemora el “Día de la Lucha contra el Hostigamiento Sexual en el Ámbito Laboral”, fecha establecida por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para promover el desarrollo de actividades o acciones que permitan combatir cualquier acción que exteriorice una conducta de acoso sexual.
Considerando la relevancia de la materia, resulta importante conocer los organismos que intervienen en las acciones de prevención y sanción del hostigamiento sexual al interior de un centro de trabajo, así como los principales deberes que mantienen. Al respecto, se identifica que todo centro de trabajo deberá contar con una Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, y con un Comité de Intervención (en caso de contar con 20 a más trabajadores) o un Delegado (menos de 20 trabajadores); representando estos los organismos que velarán por la protección de los derechos de los trabajadores frente a potenciales casos de hostigamiento sexual.
Carina Dávila Cardich, Gerente Legal de BDO Perú, indica, que los trabajadores que se vean imposibilitados de ingresar su denuncia ante la entidad empleadora por no brindar esta última la asistencia legal, o de verificar que no se cumple con el procedimiento legal establecido, podrán optar por recurrir a alguna de las siguientes vías:
- Presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – Sunafil.
- Demandar judicialmente a la entidad empleadora.
- Acudir al servicio de orientación y acompañamiento para los casos de hostigamiento sexual en el trabajo – Trabaja Sin Acoso.
- Denunciar el caso ante la policía o la fiscalía, en caso de haberse configurado un acto de acoso sexual.