Si un colaborador ha desempeñado su labor durante todo un semestre, según corresponda, recibirá una remuneración íntegra por concepto de gratificaciones legales; mientras que, cuando su período de servicios sea menor, el monto se reducirá proporcionalmente.
De no cumplir con el depósito de manera íntegra o dentro del plazo establecido -es decir, hasta el 15 de diciembre – la empresa será sancionada con una multa que oscila entre las 1.35 UIT (S/ 5,670) y 22.5 UIT (S/ 94,500), dependiendo de la cantidad de trabajadores afectados con el incumplimiento.
Es importante señalar que el trabajador, ante incumplimientos de sus obligaciones alimentarias, comerciales o de otro tipo, puede verse afectado con la retención de las Gratificaciones Legales, siempre que exista un mandato judicial de por medio. “El Poder Judicial puede proceder con la orden de retención del ingreso mensual y gratificación cuando el colaborador se ve inmerso en un proceso de alimentos, donde el juzgado ordena la retención de su remuneración. Recordemos que esta no puede exceder al 60% de los ingresos. Otro de los escenarios es cuando el trabajador mantiene una deuda por un incumplimiento civil o comercial, por ejemplo, con una entidad bancaria” informó la consultora BDO.