Desde el 1 de agosto del 2019, la bolsa de plástico, usada para contener productos enajenados por contribuyentes del IGV, se encuentra gravada con un impuesto que asciende a S/ 0.10. Conforme pasen los años, el impuesto aumentará, llegando a recaudarse S/ 0.50 por cada bolsa, para el 2023.
Una primera reflexión sobre lo señalado en el párrafo anterior apunta a resaltar que este impuesto nace, si quien entrega la bolsa es un contribuyente del IGV. Es decir, si un establecimiento comercializa productos no gravados con el IGV (por ejemplo, frutas o verduras), las bolsas que se entreguen no estarán sujetas al impuesto bajo comentario.
Por otro lado, está claro que la intención de este impuesto es reducir el uso de bolsas de plástico. Tanto así, que el referido impuesto aplica aún se entregue de manera gratuita una bolsa, sabiendo que ello ya no está permitido, a partir del artículo 2° de la Ley N°30884; el cual dispone que los establecimientos deben cobrar, por cada bolsa que entregan, como mínimo, una suma equivalente al precio del mercado.
Una segunda reflexión, a partir del artículo citado, apunta a señalar que los establecimientos van a comenzar a percibir mayores ingresos, pues si bien antes costeaban el valor de las bolsas que regalaban, hoy cobrarán por estas.
Hasta aquí, resulta también interesante cuestionarse algunos temas, ¿la necesidad de cuidar el planeta justifica generar un ingreso adicional para los establecimientos?, ¿sería necesario regular el destino de los ingresos que se generen con esta nueva obligación de cobro por entrega de bolsas plásticas?, finalmente, ¿la finalidad de cuidar el planeta debe significar sólo una carga en el consumidor final o también debería significar cargas en los entes de toda la cadena (entiéndase: importadores y/o productores, distribuidores y comercializadores)?
Ante el contexto actual, consideramos que hay la posibilidad de regular más a fondo este impuesto, generando una carga impositiva también en otros entes vinculados a las bolsas de plástico, o quizá, incluso, destinando lo recaudado por este impuesto para proyectos puntuales que reduzcan el impacto adverso del plástico.
Por: Gherard Garaycott Ortiz, Jefe de Outsourcing de Impuestos de BDO en Perú