La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) estableció la obligatoriedad del Sistema de Emisión Electrónica Operador de Servicios Electrónicos (SEE-OSE) y del Sistema de Emisión Electrónica Sunat Operaciones en Línea (SEE-SOL) desde el próximo año para los principales contribuyentes (PRICOS).
Tras la aplicación de la norma, han surgido muchas dudas sobre si la medida es obligatoria para todos los contribuyentes o si se puede emitir en cualquier sistema luego de la designación, entre otras. Por eso, mediante esta nota se informa el detalle de la nueva resolución:
- La obligatoriedad está dirigida para los principales contribuyentes nacionales, principales contribuyentes de la Intendencia Lima, principales contribuyentes de las intendencias regionales y oficinas zonales o agentes de retención o agentes de percepción del impuesto general a las ventas.
- Los emisores electrónicos que hasta el 31.12.18 cuenten con la calidad de principales contribuyentes deberán utilizar el sistema OSE desde el 1° de marzo del 2019.
- Para quienes obtengan dicha calidad desde el 1.1.19 deberán cumplir con la obligatoriedad desde el primer día calendario del cuarto mes siguiente desde que concurran las calidades de emisor electrónico y principal contribuyente.
- Los emisores designados por Sunat o por elección están obligados a usar el Sistema de Emisión Electrónica – Operador de Servicios Electrónicos (SEE- OSE) y/o Sistema de Emisión Electrónica Sunat – Operaciones en Línea (SEE – SOL).
- El SEE-OSE puede trabajar con uno de los 8 operadores autorizados, dicha cantidad irá aumentando para poder atender a toda la masa de contribuyentes. Y el SEE-SOL está dirigido a contribuyentes que emiten menos de 100 comprobantes al mes y puedan seguir haciéndolo a través del portal de la Sunat de forma gratuita.
- La validación del nuevo sistema se realizará para facturas electrónicas, boletas de venta electrónica y notas electrónicas.
Información proporcionada por TCI (Transporte Confidencial de Información).