El Poder Ejecutivo emitió un decreto legislativo que promueve la formalización de la actividad pesquera artesanal, en armonía con la conservación y el uso sostenible de los recursos hidrobiológicos, cuyo proceso tendrá un plazo de dos años.
El Decreto Legislativo Nº 1392, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, busca formalizar las actividades de las embarcaciones pesqueras mayores a 6.48 de arqueo bruto y hasta 32.6 metro cúbicos de capacidad de bodega en el ámbito marítimo.
La norma es de aplicación para el armador, propietario o poseedor de las mencionadas embarcaciones que no cuentan con permiso de pesca artesanal, o que contando con éste no coincidan las dimensiones reales con las que figuran en el certificado de matrícula correspondiente.
Los gobiernos regionales, el Ministerio de la Producción, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (Dicapi) y el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes) son los encargados de aplicar e implementar las disposiciones referidas al proceso de formalización establecido en el presente decreto legislativo en el ámbito de sus competencias.
El proceso de formalización de la actividad pesquera artesanal establecido en el presente decreto legislativo tiene las siguientes etapas:
- Inscripción en el Listado de embarcaciones para la formalización pesquera artesanal.
- Verificación de existencia de embarcaciones solo para el caso de embarcaciones que no cuenten con certificado de matrícula.
- Otorgamiento del Certificado de matrícula.
- Otorgamiento del protocolo técnico para permiso de pesca.
- Otorgamiento de permiso de pesca.