La Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias (CDB) del Indecopi impuso derechos antidumping definitivos y retroactivos sobre las importaciones de cierres de cremallera y sus partes originarias de China, tras comprobar el daño importante que este producto causa a la producción nacional.
La decisión, en primera instancia, fue adoptada mediante Resolución N° 017-2018/CDB-Indecopi, por un periodo de cinco años, tras la investigación solicitada, en febrero de 2017, por la empresa nacional Corporación Rey S.A.
De esta manera, la CDB resolvió el caso dentro del plazo establecido por ley, de acuerdo a los siguientes fundamentos:
- Las mencionadas importaciones se han efectuado bajo prácticas desleales de comercio, pues se determinaron márgenes de dumping de entre 46,2% y 172,2% en las exportaciones al Perú efectuadas por los exportadores chinos de cierres de cremallera y sus partes durante el periodo de análisis, establecido en este caso para la evaluación de la práctica de dumping (enero a diciembre de 2016).
- Se constató que Corporación Rey sufrió un perjuicio importante durante el periodo de análisis. Al respecto, se ha tenido en consideración que, durante una parte del referido periodo (enero de 2013 a mayo de 2015), las importaciones de cierres y sus partes originarios de China estuvieron afectas al pago de derechos antidumping. Este hecho incidió en la evolución del volumen y precio de las importaciones del producto investigado.